Fiscalidad Internacional

¿Si opero en un Estado miembro de la Unión Europea, necesito tener mi empresa constituida en ese país?

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Las empresas que prestan servicios en otros Estados miembros de la UE (por ejemplo, que realizan actividades de exportación dentro de la Unión Europea) o en terceros países con una duración superior a un año, para no tener que asumir los impuestos por su actividad en el país, deben constituirse en el mismo mediante un establecimiento permanente, sucursal o filial.

Esto les permite deducirse determinados impuestos y a su vez, cumplir con la normativa fiscal española, como la relativa a la AEAT y las exportaciones.

A través de nuestros asesores fiscales internacionales, te ayudamos en el proceso de obtención del Registro Fiscal en Estados miembros de la Unión Europea y terceros países, donde sea necesario para poder realizar proyectos.

Ventajas

  • Nuestros asesores fiscales internacionales te asesoran sobre la fórmula más adecuada de constitución para tu empresa según el país, bien sea establecimiento permanente, filial o sucursal.
  • Gestionamos in situ todos los trámites de constitución de la filial y gestión mensual de las obligaciones fiscales y laborales en el país.
  • Benefíciate de nuestra Red de asesores fiscales internacionales

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Lo necesitas si…

  • Prestas servicios en países de la UE o en algunos terceros países durante más de un año. Como, por ejemplo, la realización de exportaciones dentro de la Unión Europea.
  • Tus proyectos te generan beneficios, pero no sabes cómo repatriarlos.

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